La Pensión Como un Seguro de Riesgo



Si eres trabajador y llevas años cotizando para una pensión, este tema te será de gran utilidad. Antes que nada, es importante definir que es una pensión, en términos generales y en relación con el seguro social, es un pago temporal o de por vida, que recibe una persona cuando se encuentra en una situación establecida por ley Pensión en cada país, que la hace acreedora a una cantidad económica, ya sea de los sistemas públicos de previsión nacionales o de entidades privadas.

La pensión es un seguro frente a los riesgos laborales (desempleo, accidente de trabajo, enfermedad, seguro médico, invalidez, etc.) o contra la vejez (jubilación) u otras circunstancias sobrevenidas por dependencia como la discapacidad, viudez, orfandad, la separación o divorcio y otras derivadas de la acción militar, a víctimas de atentados terroristas o por sentencias derivadas de errores privados (accidentes laborales, accidentes de tráfico, errores médicos…) o públicos (sentencias de prisión erróneas, dejación de controles públicos, accidentes) que también pueden generar pensiones.

Hablando específicamente de México, la pensión es una prestación económica que los trabajadores tienen derecho a recibir por ley y que se acumula durante el tiempo se haya cotizado en el IMSS o ISSSTE.

Según la LFT

El Articulo 277 de esta Ley señala que en los contratos colectivos podrá estipularse que los patrones cubran un porcentaje sobre los salarios, a fin de que se constituya un fondo de pensiones de jubilación o de invalidez que no sea consecuencia de un riesgo de trabajo. en los estatutos del sindicato o en un reglamento especial aprobado por la asamblea, se determinarán los requisitos para el otorgamiento de las pensiones.

Asimismo, las cantidades correspondientes se entregarán por los patrones al instituto mexicano del seguro social y en caso de que este no acepte, a la institución bancaria que se señale en el contrato colectivo. Por último, la institución cubrirá las pensiones de previa aprobación de la junta de conciliación y arbitraje.

TiposTipos de pensiones de pensiones

Pensiones contributivas: se ha pagado a lo largo de un tiempo, normalmente en la vida laboral (por el pensionista y/o la empresa) el derecho a recibir una pensión.

  • Pensión de jubilación
  • Pensión por desempleo (seguro de desempleo o subsidio de desempleo)

Pensiones no contributivas: no se ha pagado por ese derecho directamente ya que se deriva del sistema de protección general o de las leyes establecidas.

  • Pensión de viudedad/viudez
  • Pensión de orfandad
  • Pensión al cónyuge
  • Pensión alimenticia

Otras pensiones:

  • Invalidez
  • Incapacidad
  • Ascendientes

Estas pensiones permitirán disfrutar de una renta mensual de acuerdo al monto que se haya obtenido de las aportaciones realizadas durante los años trabajados.

Aspectos importantes

Las pensiones han sido tradicionalmente un pago a un empleado jubilado o inválido o al cónyuge y descendientes de un empleado fallecido.

Cuando es creada por el empleador a beneficio de un empleado se conoce como plan de jubilación o de pensión privada.

Los sindicatos y otras organizaciones también pueden ofrecer pensiones.

En los estados donde existe un nivel de Estado del bienestar mínimo, suele existir un sistema público de pensiones.

Tramitar una pensión

A continuación, te detallamos en 4 simples pasos como tramitarla:

PASO 1: Acudir a tu Unidad de Medicina Familiar (UMF o clínica)

PASO 2: Suscripción de tu solicitud de pensión y presentación de documentación

PASO 3: Selección del Régimen por el cual te vas a pensionar

PASO 4: Resolución de pensión

Para concluir, de acuerdo con el artículo 25.1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos sobre la pensión, indica que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

Incorporar esta prestación en la nómina representa un derecho del empleado y una obligación del empleador, ante ello, este último deberá consultar con un asesor o especialista en el tema, aunque también existen muchas empresas que ponen a la disposición software encargado de calcular la nómina, como Villanett, que ofrece Nómina Electrónica Multiempresa para capturar y timbrar recibos de nómina, permitiendo gestionar aspectos contables y así cumplir con las disposiciones de Ley.

Nómina Electrónica Multiempresa

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