Al igual que la documentación en físico, los documentos digitales por múltiples circunstancias pueden dañarse o extraviarse, por lo que es importante aprender los métodos de cancelación y recuperación de los mismos, esto se hace más relevante al ser documentos oficiales, como es el caso de los comprobantes fiscales digitales que deben emitirse obligatoriamente por parte de los contribuyentes de forma puntual ante las autoridades fiscales, por esta razón, existen soluciones prácticas donde los emisores de CFDI pueden recurrir al portal de contribuyentes del SAT para cancelar, consultar y recuperar comprobantes emitidos.
Recuperación de un CFDI desde el SAT
Se deben ingresar los siguientes datos en la opción que la página del SAT muestre, mediante la siguiente liga:
- Ingresa el RFC, la CIECF o FIEL.
- El primer apartado permite buscar los CFDI por folio o por fecha de emisión.
- Ingresa el folio fiscal del CFDI que quieras cancelar, consultar o recuperar. Si es más de un CFDI, se recomienda que la búsqueda se realice por fechas, una inicial y otra final. Esta opción de búsqueda permite filtrar las facturas por RFC del receptor y estado del documento (vigente o cancelado). Presiona el botón “Buscar CFDI” para mostrar los resultados.
La consulta muestra el folio fiscal, RFC y nombre del emisor. Si el proceso que deseas realizar es la cancelación de CFDI, activa la casilla que se ubica al inicio de cada renglón y enseguida presiona el botón “Cancelar seleccionados”. Los botones permiten ver el detalle y descargar el archivo XML del CFDI. Para recuperar los CFDI que se hayan extraviado, presiona el segundo botón. La opción “Exportar resultados a PDF” permite descargar un archivo con el detalle de cada CFDI timbrado en el rango de fechas seleccionadas.
De esta manera, se podrán recuperar los XML de los CFDI extraviados. Al finalizar este proceso, haz clic en el botón “Cerrar sesión”.
Cancelación de un CFDI desde el SAT
El CFDI se debe emitir para recibir un ingreso por la actividad que desarrollamos, sin embargo, existe la posibilidad de que queramos cancelarlo para que quede sin efecto.
La cancelación del CFDI se puede derivar ya sea por un error al emitir el comprobante o por una cancelación de las operaciones. A continuación, te mostramos el procedimiento de cancelación de un CFDI, el cual se realiza a través de la página del SAT:
- Ingresa a sat.gob.mx y dirígete al menú “Trámites”.
- Una vez en ese apartado, da clic a la pestaña “Factura electrónica”.
- Se desplegará un menú en la parte inferior de la pestaña “Factura electrónica”. Haz clic en “Consultar, cancelar y recuperar”.
- Ingresa al menú “Acceso a los servicios electrónicos”.
- Para poder navegar en este último apartado, es necesario que utilices la Firma Electrónica Avanzada (FIEL).
- Una vez que la ingreses, haz clic en “Consultar facturas emitidas”.
- Anota el folio fiscal de la factura que quieras cancelar.
- Haz clic en “Buscar CFDI”. Esta opción se encuentra en la parte inferior derecha de la página, donde se mostrará el folio fiscal que seleccionaste en el proceso de búsqueda.
- Haz clic en “Acciones”, en el recuadro del folio fiscal que vas a cancelar, y luego en el ícono “Cancelar seleccionados”, el cual se encuentra en la parte inferior derecha de la página.
- Hecho todo lo anterior, te aparecerá un acuse que certificará la cancelación del folio fiscal.
Es importante cancelar los CFDI oportunamente, de lo contrario se considerarán ingresos acumulables, toda vez que la autoridad presume que, al registrar el CFDI, se va a obtener un ingreso y éste afectará la base para el pago del impuesto.
Métodos de Consulta de la Factura Electrónica
Cualquier empresa o contribuyente está interesado en este tipo de temas, por consiguiente, para la consulta de una factura electrónica desde el portal de Internet del SAT, también llamada Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), expedida a nuestro favor como gasto, sea por compra o contratación de algún bien o servicio, o también a manera de ingreso propio, será necesario realizar las instrucciones que se especifican en este artículo.
También se puede usar un servicio de facturación en línea más fácil y sencillo de utilizar para los usuarios.
Consulta por emisor
Al consultar las facturas emitidas el contribuyente tiene dos opciones:
- Por folio fiscal: El usuario debe ingresar el folio fiscal deseado.
- Por rango de fecha en la emisión: Se debe proporcionar, de manera obligatoria, el rango de fecha y hora de emisión del comprobante y, de forma opcional, el RFC del receptor y/o Estado del Comprobante.
En las consultas por rango de fechas, se permite seleccionar un periodo máximo de 12 meses independientemente del día seleccionado.
Una vez capturados los parámetros deseados de la consulta el contribuyente debe dar clic sobre el botón “Buscar CFDI”. La consulta de CFDI se hace solamente sobre aquellos comprobantes que el contribuyente autenticado haya emitido.
Si el CFDI fue encontrado, se muestran los siguientes resultados (campos):
- Botones de acción.
- Folio fiscal.
- Nombre o Razón Social del Emisor.
- RFC del Receptor.
- Nombre o Razón Social del Receptor.
- Fecha de Emisión (aaaa-mm-ddthh:mm:ss)
- Fecha de certificación (aaaa-mm-ddthh:mm:ss)
- Proveedor Autorizado de Certificación que realizó la certificación.
- Efecto del comprobante (Ingreso, Egreso Traslado).
- Estado de Comprobante (Vigente o Cancelado).
Si el método de consulta seleccionado fue por rango de fechas, sólo se mostrarán los primeros 500 registros (20 por página) y un mensaje informativo para notificar al usuario.
Posterior a la consulta, el usuario puede ejecutar una de las siguientes acciones: mostrar detalle, recuperar CFDI, cancelar CFDI, (recuperar acuse de cancelación en caso de que el CFDI esté previamente cancelado) o imprimir los resultados.
Si no aparece ningún CFDI con los criterios de búsqueda introducidos, se muestra la leyenda: “No existen registros que cumplan con los criterios de búsqueda ingresados, intentar nuevamente”. Si el usuario desea obtener más detalle sobre el CFDI que ha encontrado, debe de hacer clic sobre el icono “Mostrar detalle”. Esta acción exporta un reporte con el detalle del CFDI en formato PDF.
Consulta por receptor
Al consultar por receptor el contribuyente tiene dos opciones para consultar un CFDI que ha recibido:
- Por folio: El contribuyente debe ingresar el folio fiscal deseado.
- Por fecha de la emisión: El contribuyente debe ingresar de manera obligatoria un año y un mes para ejecutar la consulta, opcionalmente puede seleccionar un día y un rango de tiempo si es que desea acotar más su consulta, así como el RFC del emisor de la factura y/o Estado del Comprobante.
- RFC del Emisor.
- Estado del Comprobante.
En las consultas por fecha de emisión, se permite seleccionar un periodo máximo de un mes.
Una vez capturados los parámetros deseados de consulta el contribuyente debe dar clic sobre el botón “Buscar CFDI. La consulta de CFDI se hace solamente sobre aquellos comprobantes en los que el contribuyente autenticado aparezca como receptor. Si el CFDI fue encontrado se muestran los siguientes resultados:
- Botones de acción.
- Folio fiscal.
- RFC del Emisor.
- Nombre o Razón Social del Emisor.
- RFC del Receptor.
- Nombre o Razón Social del Receptor.
- Fecha de emisión.
- Fecha de Certificación.
- Proveedor Autorizado de Certificación que realizó la certificación.
- Efecto del comprobante (Ingreso, Egreso Traslado).
- Estado de comprobante (Vigente o Cancelado).
Si el método de consulta seleccionado fue por rango de fechas, solamente se mostrarán los primeros 500 registros con paginado de 20 registros y un mensaje informativo notificando al usuario.
Posterior a la Consulta el contribuyente puede ejecutar las siguientes funcionalidades: Mostrar detalle o Recuperar CFDI.
Es importante indicar que saber sobre la recuperación y cancelación de CFDI permitirá tener los comprobantes digitales en orden y listos para ser consultados o emitidos, ante ello, existen programas para facturar en línea y así generar los CFDI por Internet, así como nómina y contabilidad electrónica en planes anuales, lo cual permite al empresario o cumplir cabalmente con las disposiciones del SAT.
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